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ECONOMÍA

30 de septiembre de 2024

Reforma laboral: ¿Cuáles son las reglamentaciones?

El Dr. Mario Ackerman, referente argentino Organización Internacional del Trabajo, explicó el blanqueo y la Reforma Laboral en general.

El Gobierno de Javier Milei reglamentó, el pasado jueves, la reforma laboral, capítulo perteneciente a la aprobada Ley Bases que modifica aspectos del empleo. El artículo 96 de dicha legislación, crea un sistema indemnizatorio distinto para los nuevos trabajadores, similar al que se utiliza en la industria de la construcción.

La ley Bases fue aprobada a fines de junio por la Cámara de Diputados. En cuanto a los despidos y los resarcimientos, el principio rector de la ley es la libertad de las partes: de mutuo acuerdo, sin imposición de ninguna de las partes.

El Gobierno de Javier Milei reglamentó, el pasado jueves, la reforma laboral, capítulo perteneciente a la aprobada Ley Bases que modifica aspectos del empleo. El artículo 96 de dicha legislación, crea un sistema indemnizatorio distinto para los nuevos trabajadores, similar al que se utiliza en la industria de la construcción.

La ley Bases fue aprobada a fines de junio por la Cámara de Diputados. En cuanto a los despidos y los resarcimientos, el principio rector de la ley es la libertad de las partes: de mutuo acuerdo, sin imposición de ninguna de las partes.

Blanqueo

"Son dos reglamentaciones: una es la que reglamenta el blanqueo, el cual se da en cuotas y hay una diferencia en lo que se persona según la empresa, si es más pequeña le personas hasta al 90% y si es grande, hasta el 70%", explicó El Dr. Mario Ackerman, referente argentino Organización Internacional del Trabajo.

Reforma laboral en general

La otra reglamentación es la Reforma Laboral en general, a la cual "le ha dado particular importancia porque tiene 7 páginas. Cinco de ellas están destinadas al famoso fondo de cese, que no va a funcionar si no lo ponen en funcionamiento los convenios colectivos".

Igualmente, "lo que llama la atención son los aspectos financieros: lo hace absolutamente inconstitucional porque el poder legislativo no puede delegar al ejecutivo para que haga lo que se le de la gana sin parámetros".

Por último, sostuvo que "estos economistas que piensan sólo en números, no entienden que cuando un empleador contrata un trabajador no piensa cuánto le va a costar despedirlo, sino que le preocupa cuánto le cuesta pagarle. Todos conocemos empresarios y la vida cotidiana de las empresas no está dedicada a despedir trabajadores, sólo se despide cuando la situación es horrible, pero la culpa no la tienen los trabajadores, sino la situación económica".

Fuente:LV12

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