NACIONALES
14 de agosto de 2024
Propinas: los consumidores podrán pagarlas de forma electrónica
Con un Boletín Oficial, el Gobierno anunció que los consumidores elegirán dejar o no propinas y agregarla al monto del ticket, es decir, de forma electrónica.
El Gobierno nacional publicó este miércoles un decreto que permite que, de ahora en más, los consumidores puedan pagar la propina de forma electrónica.
De esta manera, podrán optar si quieren dejar propina, qué cantidad y de qué forma la pagarán. Además, podrán agregarla al monto total del ticket, debiendo detallar el porcentaje o valor.
A partir del decreto, los rubros impactados tendrán 90 días para implementar esta medida y regular los sistemas correspondientes.
Qué dice el decreto 731/2024
“Propinas. Cuando el trabajador, con motivo del trabajo que preste, tuviese oportunidad de obtener beneficios o ganancias en concepto de propinas o recompensas, no serán considerados parte de la remuneración”.
“Los comercios y/o establecimientos de los sectores gastronómicos, hoteleros y afines, expendedores de combustible, entregas a domicilio y demás actividades en cuyas relaciones de consumo sea costumbre otorgar o recibir propinas, deberán tener disponible la opción de su recepción para los trabajadores a través de medios electrónicos. El ofrecimiento deberá garantizar la libertad del consumidor respecto de la modalidad de entrega y la cuantía que voluntariamente éste defina”.
“Las propinas otorgadas por medios físicos y/o digitales serán consideradas como una liberalidad proporcionada directamente a los trabajadores, independientemente de la modalidad de recaudación de los pagos. No podrán ser utilizadas como base para ajustar o modificar el salario básico ni las condiciones laborales establecidas por el empleador”.
“Los adquirentes y/o agregadores que ofrezcan servicios de cobro a comercios y/o establecimientos previstos en el artículo 2° del presente decreto deberán facilitar a sus clientes la opción de recepción de pago con propina que permita a los consumidores añadir a la cuenta un monto y/o un porcentaje destinado a la gratificación por el servicio, no pudiendo cobrar un arancel adicional por proveer esta facilidad. Dichos importes deberán acreditarse en la cuenta asignada a tal efecto de manera inmediata o en el menor plazo posible, según establezca el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA. La acreditación podrá ser directa al trabajador que reciba la gratificación o a una cuenta recaudadora especial del establecimiento con este objeto exclusivo. El esquema de pago digital de propinas deberá cumplir con el principio de interoperabilidad".
“El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL, con excepción de los artículos 2°, 6° y 7° del presente decreto, los que entrarán en vigencia a los NOVENTA (90) días desde la fecha de dicha publicación”.
Fuente:LV12